Aprovechamos la oportunidad para agradecerle la compra de este producto. Recomendamos leer el manual antes de encender el aparato y observar las instrucciones que en él se exponen. Conserve el manual para futuras consultas. SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE SEGURIDAD ELÉCTRICA Compruebe que el voltaje de la toma de corriente donde va a conectar el aparato se corresponde con el voltaje de alimentación del aparato.
Las características del equipo y el contenido del manual pueden cambiar sin previo aviso. FONESTAR, S.A. no asume ninguna responsabilidad con respecto a un mal uso del aparato o a la información proporcionada en este manual de instrucciones y rechaza específicamente toda responsabilidad implícita de comerciabilidad o adecuación a cualquier uso particular.
DESCRIPCIÓN - Amplificador de megafonía. - Con alimentación phantom y prioridad. CONTROLES Y FUNCIONES PANEL FRONTAL 1.- INPUT 1-4 y AUX: controles que regulan el volumen de las entradas 1 a 4 y de la entrada auxiliar. 2.- BASS: refuerza o atenúa las frecuencias graves ±10 dB. 3.- TREBLE: refuerza o atenúa las frecuencias agudas ±10 dB.
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MIC, ya que el voltaje presente en los pines 2 y 3 del conector XLR puede originar daños en los micrófonos. En caso de duda consulte a su proveedor o al servicio técnico de FONESTAR. - 5 -...
15.- OUTPUT: salida para altavoces. Para la conexión de altavoces en baja impedancia 4 Ω y en alta impedancia líneas de 100/70/25 V. Conectar la línea de altavoces entre el terminal COM y la impedancia o línea en V deseada. 16.- DC Power Input: terminales de alimentación 24 V CC.
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MA-125 MA-245 CARACTERÍSTICAS Amplificador de megafonía. Alimentación phantom. Prioridad de avisos. POTENCIA 180 W máximo, 120 W RMS 360 W máximo, 240 W RMS RESPUESTA 80-16.000 Hz ±3 dB DISTORSIÓN Armónica: < 1% a 1 kHz ENTRADAS 4 micros/líneas balanceados, combo (XLR y jack 6’3 mm estéreo) 600 Ω...
FONESTAR garantiza la conformidad del producto para el uso al que está destinado durante un periodo de 2 años a partir de la fecha de entrega y se compromete a su reparación o sustitución en los términos que expresa la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de Noviembre.